MUPOL

Entidad de Previsión Social Complementaria, sin ánimo de lucro, fundada en el año 1951 y que actúa como instrumento de previsión social empresarial dentro del ámbito de la Dirección General de la Policía.

PRESTACIONES

300 Millones €

En prestaciones brindadas
(2008-2023)

SOMOS

22.754

Compañeros beneficiados totales (2008-2023)

SEGUROS

8.850.000€

En seguros de vida y accidente (2008-2023)

RENTABILIDAD

4,29%

Rentabilidad media del plan
(1994)

¿Qué ventajas tengo como Mutualista?

La Mutualidad de Previsión Social de la Policía te garantiza un Plan Mutual con:

  • Rentabilidad mínima anual.
  • Prestaciones de Jubilación, Invalidez Permanente Absoluta o Fallecimiento.
  • Anticipos sobre tu capital.
  • Desgravación en tu Declaración de la Renta anualmente, Deducción Fiscal.
  • Acceso a ofertas exclusivas, gracias al concierto con empresas de distintos sectores.

Preguntas frecuentes


¿Cómo puedo darme de alta en la Mutualidad?

Para darte de alta en Mupol a través de la web es necesario que rellenes la ‘Solicitud de alta en la Mutualidad’ que encontrarás en el apartado ‘Formularios’. En el documento deberás indicar tus datos personales, beneficiarios y cuantía que deseas aportar junto con la firma digital, fotocopia del DNI y carné profesional. La aportación se descontará en tu nómina y tomará efecto al mes siguiente.

En el caso de que sea tu cónyuge quien desee darse de alta lo hará con la misma solicitud adjuntando fotocopia del DNI y el libro de familia. La aportación se cargará por domiciliación bancaria y tomará efecto en el mes que se le descuente del banco.

¿Puedo ser Mutualista sin ser policía?

Sí, cumpliendo una serie de requisitos. Además de los compañeros de la Policía Nacional, pueden ser mutualistas:

  • Estudiantes de la Escuela Nacional de Policía.
  • Personal laboral destinado en la D.G.P.
  • Empleados de Mupol.
  • Pareja legalmente establecida de un mutualista.
  • Viudos de mutualistas.

Plan de Ahorro


¿Cuánto puedo ahorrar al año?

Puedes ahorrar hasta 1.500 euros al año, teniendo en cuenta que los Presupuestos Generales del Estado 2022 limitaron a esta cantidad los planes de pensiones.

¿Cómo puedo saber cuánto capital llevo acumulado?

A través del ‘Área Privada’ de la web puedes comprobar el capital que llevas acumulado en base al ejercicio anterior más las primas abonadas de tu Plan Mutual.

Jubilación


¿Cuánto cobraré de pensión al jubilarme?

Tu pensión va a depender del capital que tengas acumulado y del tiempo en el que decidas recuperarlo en el momento en el que te jubiles. En función del ahorro y prestación elegida, podrás obtenerla en forma de capital único, de renta temporal o mixta, es decir, un porcentaje en capital y el resto en forma de renta.

Contacta con nosotros, nuestro equipo de expertos te orientará.

¿Cómo solicito la prestación de jubilación?

Deberás cumplimentar la ‘Solicitud de Jubilación y otros supuestos’ que encontrarás en el apartado ‘Formularios’ de la web.

Puedes enviar la solicitud junto con la documentación necesaria vía: mail, correo postal y de forma presencial en nuestra oficina.

¿Cómo afecta fiscalmente la pensión de jubilación en mi Declaración de la Renta?

Tributa como rendimiento del trabajo, es un segundo pagador.

Desde la Mutualidad aconsejamos esperar al primer mes de pensión de jubilación para comprobar el tramo de IRPF y poder escoger una renta temporal que sea un complemento a la pérdida de sueldo que se tiene.

Contacta con nosotros, nuestro equipo de expertos te orientará.

¿Cómo puedo mejorar mi pensión de jubilación?

Para aumentarla, puedes elegir entre incrementar la aportación mensual de tu Plan Mutual hasta 125 euros o hacer aportaciones extraordinarias antes del 31 de diciembre.

Aportaciones extraordinarias


¿Cómo hago una aportación extraordinaria?

Mediante transferencia bancaria en el número de cuenta de la Mutualidad.

Contacta con nosotros, nuestro equipo de expertos te orientará.

¿Tiene ventajas fiscales?

Sí. Podrás desgravarte tus aportaciones tanto periódicas como extraordinarias con los baremos dictados por Hacienda, entre un 15% y 30%.